Sistema de Gestión de Negocios "Hexa"

Base de datos de conocimiento.

Doc. Ref. 28254
Título: Abonos y Facturas Rectificativas
Autor: Soltec
Última actualización: 31/03/2025
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Abonos y Facturas Rectificativas

Estos son los posibles casos que define la Agencia Tributaria para la corrección de facturas

RECTIFICATIVA POR SUSTITUCION

Opción 1:

Se emite una factura con los valores finales después de rectificar. Esta factura tiene que generar además de su asiento otro que deshaga el de la factura original.

La factura tiene fecha de expedición del día en que se emite y fecha de operación de la factura a la que rectifica. Se declara como tipo "R1", "R2", "R3", "R4" ó "R5" y tipo de rectificación "S". Tendrá los nuevos importes de bases y cuotas de IVA y debe informar de los importes base y cuotas de IVA de la factura original

Opción 2:

Dos facturas. Factura de abono que anula la original, y factura rectificatica con los valores finales. Esta última debe tener como fecha de operación la de emisión de la factura.

La factura de abono tiene fecha de expedición del día en que se emite y la fecha de operación en blanco. Se declara como tipo "F1". Tendrá los mismos importes de bases y cuotas de IVA que la original pero en negativo y debe informar de los importes base y cuotas de IVA de la factura original que seerán los mismos en positivo.

La factura rectificativa tendrá como fecha de expedición aquella en que se emite y como fecha de operación la de la factura que rectifica. Se comunica como tipo "R1", "R2", "R3", "R4" ó "R5" tipo de rectificación "S". Deberá estar en una serie de numeración específica. Tendrá los nuevos importes de bases y cuotas de IVA y no debe informar de los importes base y cuotas de IVA de la factura original.

RECTIFICATIVA POR DIFERENCIAS

Se genera una factura con los valores de la modificación.

La factura tiene fecha de expedición del día en que se emite y la fecha de operación de la factura que rectifica. Se declara como tipo "R1", "R2", "R3", "R4" ó "R5" y tipo de rectificación "I" y deberá estar en una serie específica. Tendrá los importes de bases y cuotas de IVA que corrige, ya sea en positivo o negativo. No debe informar de los importes y bases de la factura rectificada.

Fuente: Agencia Tributaria - IVA - Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) y VERI*FACTU - Preguntas frecuentes (FAQ)

Hexa sólo está preparado para gestionar la opción de rectificativas por sustitución en la opción 2, es decir, creación de un abono y una nueva factura en una serie específica.

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